"...Disposición transitoria única. Adaptación al nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de salarios.
En el plazo de seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Orden las empresas adaptarán al nuevo modelo que se aprueba los modelos de recibo de salarios que vinieran utilizando conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de 27 de diciembre de 1994..."
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