jueves, 26 de octubre de 2017

Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo 2017-2018



No todas las medidas incluidas en la nueva Ley de Autónomos entran en vigor de inmediato, algunas de ellas lo harán a partir de 2018, asi, entre otras, cabe destacar:


TARIFA PLANA...Extensión de la cuota reducida para los Autónomos que emprendan, no se aplicará hasta 2018, mejor esperar para iniciar actividad a principio de año.


Régimen de recargo por ingreso fuera de plazo del recibo de Autónomos.


Los gastos de suministros si trabajas en casa, serán deducibles en un pequeño porcentaje, y las dietas o gastos de comida relacionados con la actividad.


El alta en Autónomos se pagará desde el día que inicie la actividad y no mensualmente como se venia haciendo hasta ahora, cuota proporcional a los días trabajados en el mes.


Cambios de cotización en la base, se podrá modificar la base de cotización del Autónomo o Emprendedor durante el año, hasta en cuatro ocasiones.


Base de los Autónomos societarios... la base mínima de cotización pasa a determinarse en la Ley de Presupuestos de cada año que hasta ahora era la del grupo 1 del Régimen General.


Impulso de la jubilación activa.
Nueva bonificación para la contratación indefinida de familiares.
Medidas para la conciliación de la vida familiar.
Devolución de oficio por el exceso de cotización en pluriactividad.


Para más información pueden ponerse en contacto en el Tfno. 625 673 654 mb asesores.


Enlace BOE Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo